26 de septiembre de 2013

Cambios en la reglamentación unifican la escala salarial Nacional a todo el territorio del país


Buenas hoy estamos analizando las repercusiones que trajo aparejado el aumento dictaminado por el Ministerio de Trabajo Nacional para los empleados domésticos.

 Como todos saben antes de la Ley Nº 26.844 de REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES (NUEVO REGIMEN) las resoluciones del Ministerio de trabajo Nacional sobre sueldos y categorías aplicaban sobre todo el país excepto en Córdoba y Mendoza que tenían sus propias categorías y sueldos mínimos en concordancia con ellas. Al aprobarse la ley del nuevo régimen se procedio a derogar el Estatuto anterior y todas las demás normas que estaban legisladas y reglamentadas. Por lo tanto, con la primer reglamentación de escala salarial del Nuevo Régimen en principio aplica para todo el país dado que todo lo anterior esta derogado.

Como se publica en el diario La Mañana de Córdoba:

Tras el reciente anuncio del Ministerio de Trabajo de la Nación sobre la nueva reglamentación que regirá la escala salarial de las trabajadoras de casas particulares, quedaron eliminadas las medias jornadas. De esta manera, cualquier trabajadoras que se emplee por menos de 8 horas diarias será considerada como trabajadora por hora.

Así lo confirmó Alcira Burgos, titular del Sindicato de Ama de Casa en Córdoba, quien además, informó que “se cambia el antiguo esquema Córdoba y queda unificada una sola escala salarial para todo el territorio nacional”.
“De ahora en adelante el encuadre será por tarea y no por horario”, añadió la referente.
De esta manera, quedaron eliminadas las antiguas categorías que regían para el convenio Córdoba, que daba la posibilidad de medias jornadas para las trabajadoras que realizaban tareas cuatro horas diarias.
“Éste es un avance en el sentido que la nueva ley camina hacia la especialización y profesionalización del trabajo doméstico”, añadió Burgos. Sin embargo, la nueva normativa dio lugar a variadas interpretaciones sobre cómo ajustar el salario de las trabajadoras cordobesas después de la reciente resolución ministerial. 
Al respecto, Burgos señaló que recibió una comunicación desde el Ministerio de Trabajo de la Nación sobre el punto del cálculo de las medias jornadas, en el que se aclaró que “quedan eliminadas esta modalidad de trabajo, quedando como válida sólo la de 8 horas diarias y la del pago por hora según la función desempeñada”.
De esta manera, la trabajadora por hora tendrá los mismos derechos que cualquier asalariado por jornada a aguinaldo, vacaciones pagas, ART, obra social, feriados pagos y licencias por embarazo.

Diferente es la visión del Diario La Voz ya que esta unificación de escala salariales la ve como una licuación del aumento dado que los valores en Córdoba son mayores y se unifican con los nacional con este aumento. Además se perdió las categorias part time que ahora se pagaran por hora, independientemente de que ahora a todos los empleados le corresponde Vacaciones, Licencias, SAC,y demás derechos laborales. 



Nuevamente copiamos la escala salarial para que tengan



1 comentario:

Anónimo dijo...

muchas gracias por la información.
no me queda claro cuál es la opinión del blog respecto de la interpretación que hace el diario (derogación de jornadas parciales).
con ese criterio, y tomando los valores actuales, una jornada parcial de -por ej.- 6.5 horas diarias en la categoría 5, es preferible extenderla a una jornada completa de 8 horas ($3220), que pagarla por horas ($3300, resultantes de 33 horas semanales x $25 x 4 semanas).
parece un despropósito. ¿no sería más conveniente calcular el monto proporcional a partir de la jornada completa?
rodo.