15 de noviembre de 2011

Aumento empleados domésticos Pcia. de Córdoba




En el día de la fecha también se publicó las nuevas escalas salariales para la provincia de Córdoba, es de destacar que en esta oportunidad las modificaciones fueron simultáneas no generando incertidumbre en los empleados de Córdoba.

Como siempre hay que agregar que son sueldos mínimos legales que impone el Ministerio de Trabajo por lo tanto, todo se puede pactar por encima de los mismo de acuerdo a lo que se convenga con el empleado o lo que determine la oferta y demanda del servicio.


REGIMEN DE TRABAJO DEL PERSONAL DOMESTICO (DECRETO-LEY 326/56)REMUNERACIONES CONFORME LAS CATEGORIAS DELDECRETO Nº 3922/75 DE LA PROVINCIA DE CORDOBAA PARTIR DE 1º DE NOVIEMBRE DE 2011.


PRIMERA CATEGORIA: (Institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses)
$ 2.526,34
SEGUNDA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo)
$ 2.344,91
TERCERA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico)
$ 2.290,88
CUARTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.290,88
QUINTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.054,64
SEXTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 1.705,40

Fíjase la retribución mínima para el personal doméstico que trabaje por hora en la suma de PESOS QUINCE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 15,65.-) la que tendrá vigencia a partir del 1º de noviembre de 2011.


Les dejo la norma completa:


Aumento para los empleados domésticos (Todo el País Excepto Córdoba)





Una buena noticia para los empleados domésticos, ya que como pasa todos los años, en estas fechas se actualizan las escalas salariales de los mismos, de más esta decir que debería ser semestral el aumento para no impactar tanto en la economía de las familias que contratan personal domésticos y que no se haga esperar tanto para los empleados. Además esto de sacarlos retroactivos y, a último momento impacta en la previsión de los empleados y queda la verdad muy desprolijo esperemos que tomen nota de las sugerencias para las próximas medidas. Entre las cosas pendientes esta el tratamiento del proyecto de ley sobre empleados domésticos que se saco completamente de agenda política.




Como siempre hay que agregar que son sueldos mínimos legales que impone el Ministerio de Trabajo por lo tanto, todo se puede pactar por encima de los mismo de acuerdo a lo que se convenga con el empleado o lo que determine la oferta y demanda del servicio.









REMUNERACIONES A PARTIR DE NOVIEMBRE 2011






Primera Categoría:

(Personal con retiro 8 hs.)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses)
$ 2.547,21


(Personal sin retiro)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $ 2.839,30


Segunda Categoría:

(Personal con retiro 8 hs.)
(Cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares)
$ 2.363,96
(Personal sin retiro)
(Cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares)
$ 2.634,29


Tercera Categoría:

(Cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, 4 ayudantes/as, caseros y jardineras)
$ 2.309,54



Cuarta Categoría:
(Aprendices en general de 16 a 17 años de edad)
$ 2.071,88


Quinta Categoría:
(Personal con retiro que trabaja diariamente)
-8 horas diarias
$ 2.071,88
-Por hora
$ 15,79
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias
$ 1.035,94
“Hora de excedencia”
$ 15,79



Les dejo la norma completa