19 de septiembre de 2008

¿Asignación por maternidad para empleadas domésticas?

Se dio a conocer un proyecto de ley al respecto que intenta suplir muchas carencias que ya hemos señalado en los anteriores posts de la gran precariedad del régimen del servicio doméstico que data del año 1959. En el proyecto se crea la licencia por maternidad y a su vez se determina que el salario en la misma será abonado por el ANSES como una asignación. Esperemos que prospere el proyecto para que este sector tan desprotegido tengo un trato más equitativo con respecto a cualquier trabajador.

El proyecto de ley que propone una asignación por maternidad para las trabajadoras independientes ingresó a la Cámara de Diputados y alcanzaría también a aquellas mujeres que se desempeñen en el marco de un contrato de locación de servicios en el ámbito público, las trabajadoras domésticas y las profesionales en los casos en los que sus ingresos mensuales sean inferiores 3 mil pesos.
La iniciativa fue presentada por el diputado Oscar Massei y determina que “una asignación por maternidad equivalente a tres salarios mínimos, vitales y móviles”.
El proyecto aclara además que “La asignación por maternidad se hará efectiva dentro de los 30 días posteriores al nacimiento en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas”. Por otra parte, el texto agrega que "las mujeres empleadas en servicio doméstico gozarán de una licencia por maternidad que tendrá un plazo de 90 días. Dicho plazo será computado a partir de los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo”.Asimismo, “la interesada podrá optar por reducir la licencia anterior al parto, la que no podrá ser inferior a quince días. El resto de la licencia se acumulará al período de licencia posterior al parto hasta completar el total de 90 días”. El proyecto, que deberá ser tratado por las dos Cámaras, busca establecer mayores beneficios hasta el momento no comprendidos por la legislación.

Fuente Infobae

17 de septiembre de 2008

Aumento en las cargas sociales de los empleados domésticos

Nuevamente en el día de ayer y por la noche se dió a conocer publicamente un posible aumento en el valor de las cargas sociales de los empleados domésticos. Todavia no se ha oficializado con la normativa correspondiente ( lo informaremos cuando seá oficial) pero sería un aumento en el componente de jubilación y obra social.
De los actuales $72 que se abonan que se conforman $35 para jubilación y $37 para el seguro de salud, ( en el caso de tener familiares directos se abona $31 por cada uno) los valores aumentarían entre un 10 a 20%. Los nuevos valores indicados serían de $42 para jubilación y $ 44 para seguro de salud totalizando $86 mensuales. Por cada familiar directo se debería adicionarle $ 37.
Estos aumentos se daría en un marco general de aumento también de las sumas abonadas en concepto de monotributo.

Saludos

5 de septiembre de 2008

Formulario del Regimen Simplificado F102


Hoy vamos a comentar un poco los formularios del régimes del servicio doméstico en el caso del F102 en la pagina de AFIP se consigue tanto en versión PDF como en PDF interactivo. La versión PDF es para imprimir y llenar a mano, en cambio la PDF interactiva permite completarla en la PC pero es importante saber que no permite guardar los datos cargados en el mismo.


En el caso del formulario F102 NM lo primero que se debe completar es el CUIL del empleado doméstico y luego el período de liquidación. Paso siguiente se marcará la opción correspondiente a las horas que el empleado se desempeña en el hogar del dador de trabajo.

Hay tres opciones trabajador activo, jubilado o menores se debe marcar la que corresponde y poner el monto a pagar de acuerdo a la misma. En el caso del interactivo el campo monto a pagar se completa solo al marcar la opción determinada.


Paso siguiente esta el campo para el caso de que por pagar fuera de termino se deben intereses en otro post vamos a explicar como calcular los mismos.


Nos encontramos actualmente con la nueva parte del formulario que vendría a ser un recibo de pago del empleado. Es importante recalcar que en los casos de que la relación laboral se encuentre bajo el estatuto del domestico ( +16 horas semanales en nuestra interpretación) este recibo complemente pero no sustituye al recibo de sueldo ya que se necesita un recibo donde se puedan cargar todos los conceptos, vacaciones, aguinaldo, ausencias. En cambio el recibo obrante en el formulario pareciera más un simple recibo de pago.


Se completa con los datos del CUIL del dador de trabajo ( debe ser el mismo que luego se deduciría en ganancias al empleado) domicilio de trabajo, apellido y nombre y monto de la retribución el mismo se encuentra por duplicado afin de cada parte tener un comprobante y luego que se paga se completa con el numero de comprobante de pago.


Bueno creo que no hay ninguna cosa más importantes, sino hagan sus consultas o comentarios en este post.


Cordiales saludos

4 de septiembre de 2008

Cambios en Ganancias - Aumenta la deducción por servicio doméstico en el 2008

Como muchos se han informado la presidenta anunció una baja del impuesto a las ganancias via un aumento del piso salarial a partir del cual se empieza a pagar el Impuesto a las Ganancias. En la práctica se modificarian los valores del mínimo no imponible y de las deducción especial. También se incrementarían las deducciones por hijo y por conyuge. A los efectos de la materia que nos compete, el aumento del mínimo no imponible aumenta automáticamente el monto de la deducción por el servicio doméstico tanto de cargas sociales pagadas como de sueldos. El nuevo monto deducible sería de $9000 por período fiscal.



Adjunto el gráfico de la novedad