29 de febrero de 2008

Tareas de limpieza en oficinas

En este nuevo post vamos a aclarar un tema especial de encuadre en el estatuto del doméstico que muchas veces se consulta y que suele entenderse mal. El personal doméstico es el que realiza tareas en casas de familia o sea que no obtiene lucro el empleador. Las tareas de limpieza de oficinas corresponden al personal de "maestranza" y están incluidas en el convenio colectivo aplicable a los restantes trabajadores de la empresa.
Tenemos ejemplos menos obvios cuando el empleador vive en la misma casa que tiene su emprendimiento y entonces no sabemos que encuadre darle al mismo. Se suele seguir el principio de la realidad económica por lo cual si se encarga principalmente de tareas escencialmente del hogar sería doméstico. Sino por el contrario limpia depositos o el local mismo se encuadraría como personal de maestranza.

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